Iniciativa de referéndum: Análisis del Proyecto de Ley N° 24.365
San José, 29 de julio, 2024. En la sesión del Comité de Asuntos Jurídicos & Legislativos de este mes de julio, se conversó sobre el proyecto de ley de convocatoria de referéndum.
La discusión resaltó la excepcionalidad del referéndum como mecanismo de producción de ley y cuestionó la necesidad de recurrir al pueblo para decisiones que podrían ser tomadas por la Asamblea Legislativa.
Carlos Arguedas, miembro del bufete DPI Legal y exmagistrado de la Sala Constitucional, proporcionó una visión detallada de los mecanismos de consulta popular en el país, incluyendo el plebiscito y un especial énfasis en el referéndum.
Destacó la importancia de la iniciativa popular como procedimientos legislativos alternativos. Además, explicó la relevancia de la reforma constitucional en relación con el referéndum y discutió la jurisprudencia constitucional vinculada a la participación del pueblo en diversos procesos.
Durante la sesión:
- Se enfatizó la necesidad de mejorar las habilidades de comunicación y cooperación de los actores políticos.
- Se planteó la importancia de reformar la ley a través del procedimiento legislativo ordinario.
- Se expresó preocupación por la regulación de la contratación pública.
- Se discutió la complejidad del referéndum, al destacar la necesidad de decisiones razonables por parte del Tribunal Supremo de Elecciones.
En el análisis, también se destacó la complejidad y el tiempo que requiere este procedimiento de consulta popular, el cual debe ser visto como un mecanismo excepcional, ya que el acudir al pueblo para tomar decisiones de contratación pública es visto como “llamativo”.
La sesión fue clave para entender como el referéndum representa un instrumento democrático esencial, al que debe recurrirse únicamente en situaciones extraordinarias que así lo ameriten y garantizando que los ciudadanos cuenten con capacidad decisoria informada.